Al Derecho y al Revés

Carlos Javier Verduzco Reina Opinión

“EL DERECHO HUMANO A LA TRANSPARENCIA Y A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”

Dr. Carlos Javier Verduzco Reina

Los días recientes han sido especialmente intensos en noticias relacionadas con el Congreso de la Unión y su atípica producción legislativa. Como sabemos, se aprobó un paquete de leyes, muchas de ellas controversiales desde la perspectiva que ahora plantean, como la desaparición del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), la nueva Ley Minera o la desaparición del INSABI, por mencionar solamente algunas. Lo anterior si bien es de suyo importante, cobra mayor relevancia si fue el resultado, además, de una aprobación apresurada, carente de una discusión legislativa profunda, democrática y enriquecedora a partir de la decisión que los legisladores del partido Morena y sus aliados tomaron al dispensar todo tipo de tramites con tal de lograr su aprobación antes de concluir el periodo ordinario de sesiones.

Sin embargo, por su propia dinámica y la polémica que se ha generado a su alrededor, destaca el caso particular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que si bien no fue materia de las reformas aprobadas, se convirtió en la “moneda de cambio” que blandió la oposición a partir de apurar el nombramiento de un comisionado que garantice el funcionamiento diríamos “normal” del Organismo, pues hoy está quedando en riesgo su existencia jurídica y con ello la continuidad de las actividades que desarrolla. 

En torno al INAI ha existido una polémica sostenida y constante entre el Ejecutivo y los Senadores de la oposición que en un momento y como medida de presión decidieron condicionar su voto a cambio del nombramiento de un comisionado, mismo que había sido propuesto y aprobado previamente por los propios Senadores, pero que, al momento de la votación y estando ya aparentemente negociado y aprobado el tema, el partido Morena decidió simplemente votar en el Pleno en contra y dejar así sin sustento el acuerdo alcanzado por su propio líder, el senador Ricardo Monreal.

Pero ¿Por qué el INAI representa un tema de discusión tan polémico? En principio, se trata de un Organismo Constitucionalmente Autónomo (OCA en adelante). Esto significa, ser un ente especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna. Es decir, un OCA como el INAI está construido sobre la base de un conjunto de garantías institucionales (presupuestarias, de gestión y de decisión) que les permiten actuar en paridad con los poderes tradicionales y constituyen por definición, contrapesos institucionales específicos; además, en el caso del INAI su propósito es clave para garantizar uno de los fines esenciales de la actividad financiera del Estado: asegurar la transparencia en la aplicación del Gasto Público.

De esta manera, un ciudadano común como usted o como yo podamos saber a través del INAI, en qué se gasta el dinero público, podemos preguntar cómo se estructuran las acciones de gobierno. Con el INAI, tenemos acceso a información que debe hacerse del conocimiento de las personas que lo soliciten en ejercicio de un legítimo derecho de conocer la actividad pública y con ella el correcto uso y destino de los recursos que le asigna la Cámara de Diputados cada año. Veamos sus antecedentes para comprender su importancia.

El IFAI, antecedente del ahora INAI nació como una respuesta a los excesos que en el manejo del presupuesto se cometían por los actores políticos acostumbrados a no dar cuenta de manera abierta sobre el uso de los recursos que el presupuesto asignaba a su cargo o dependencia. Baste recordar las llamadas “partidas secretas” que, con el pretexto de canalizar recursos públicos para fines estratégicos, como la seguridad nacional, se utilizaban por algunos funcionarios con total discrecionalidad y sin una política institucional de comprobación que permitiera conocer realmente su manejo financiero.

Fue el presidente Vicente Fox quien impulsó la iniciativa de un colectivo de periodistas y académicos conocido entonces como Grupo Oaxaca que demandó la integración de un organismo que respondiera a aquella larga demanda social de transparentar el uso de los recursos públicos. Así nació el IFAI cuya función era resolver las controversias que nacían de las solicitudes de acceso a la información pública, las que, como resultado de la alternancia eran parte sustancial de la estrategia política del nuevo gobierno. 

Desde luego no todas las solicitudes de información podían o debían ser respondidas (recuérdese las solicitudes negadas sobre el estado de salud del presidente y sobre los medicamentos que le eran prescritos o no). No obstante, el IFAI se constituyó como una efectiva instancia reguladora en materia de información, permitiendo el acceso público a un gran número de solicitudes de información, pero ciudadano la identidad de las personas involucradas para evitar su exposición pública y el riesgo que ello implica. 

En el año 2015 el IFAI, a iniciativa del presidente Peña Nieto, se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) al publicar la Ley General de Transparencia. La nueva ley facultó al INAI para imponer medidas de apremio a los sujetos obligados a generar información que debiera ser pública y asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, así como para imponer sanciones a infractores que fueran omisos en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia previstas en la ley. Por otro lado, en materia de protección de datos personales se dotó al Instituto de atribuciones que buscan garantizar el correcto tratamiento de los datos personales por parte de las personas físicas y morales de carácter privado que los utilicen.

Volvamos ahora a la controversia, ¿Qué se discute en este momento? El punto de quiebre al que hoy se enfrenta el INAI es que su composición orgánica está encabezada por un Consejo Directivo formado por 7 comisionados. El artículo 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, menciona que para el nombramiento de las y los comisionados del Instituto, el Senado de la República deberá emitir una convocatoria, con el fin de que el público en general presente sus postulaciones y se lleve a cabo el procedimiento para el nombramiento de los comisionados.

Sin embargo, desde marzo del 2022, cuando los comisionados Oscar Mauricio Guerra Ford y Rosendoevgueni Monterrey Chepov terminaron su período en el instituto, el Consejo quedó integrado por cinco comisionados a los que, a partir del mes de marzo del presente año, se sumó la conclusión del período de Francisco Javier Acuña Llamas, quien fue comisionado presidente de 2017 a 2020 por lo que el INAI se quedó sin quorum legal para poder sesionar en razón de que el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública establece que las sesiones del pleno del Instituto podrán realizarse con la asistencia de por lo menos cinco integrantes, incluyendo al comisionado presidente, pero no con menos de ese número. 

En su oportunidad, el Senado de la República emitió la convocatoria pública. Examinó a los candidatos y eligió a los que consideró más capaces. Entonces, ¿Por qué no emite el nombramiento que permita mantener en funcionamiento al INAI? La respuesta es simple: no hay consensos, no hay acuerdos, claramente no hay voluntad política en la solución del tema. Incluso, y paralelamente a la discusión sobre el nuevo comisionado, el presidente del Senado de la República, Alejandro Armenta Mier, senador por Morena, lanzó una iniciativa con el fin de hacer desaparecer el INAI. La propuesta busca que el organismo sea absorbido por la Secretaría de Función Pública (SFP), con el fin de dejar tan solo una institución dedicada a esta materia, propuesta que el propio presidente López Obrador aplaudió en su conferencia mañanera del 4 de mayo porque desde su perspectiva “El INAI no ha hecho nada para combatir la corrupción. No sirve para nada”.

Pero, valdría cuestionar en primer lugar, si corresponde al INAI la responsabilidad de desaparecer la corrupción de la vida pública nacional. Dejemos claro lo siguiente. Un OCA es eso, un órgano ajeno a la función del gobierno. En el caso del INAI su labor fundamental es transparentar el uso de recursos públicos no gestionar su destino ni menos aun vigilar a los actores políticos que ejercen el presupuesto. Esta labor sí corresponde a la Secretaría de la Función Pública a través de los órganos Internos de Control y eventualmente al Auditor Superior de la Federación (ASF) que dictamina la Cuenta Pública del ejercicio. En todo caso y con los elementos que aportan tanto el INAI, como la ASF y el diagnostico propio de la SFP le corresponde al gobierno implementar las acciones necesarias para mitigar los efectos nocivos de la corrupción tan extendida en nuestra vida social, pero decididamente pensaríamos que no es una responsabilidad que recaiga medularmente en el INAI.

Por otro lado, trasladar esta función a la SFP parece ser más bien un tema de propósitos que de funcionalidad. Es decir, ¿la SFP puede absorber al INAI? Probablemente sí, como la Secretaría de Gobernación podría absorber las funciones del INE, toda vez que el aparato de gobierno da presupuestalmente para eso y más. Sin embargo, el tema no es de beneficios y optimización de gasto sino de la naturaleza de las funciones de un OCA. Es decir, la coyuntura nos obliga a replantear la pregunta ¿La SPF puede absorber al INAI o dadas las circunstancias actuales es conveniente que lo haga?

El tema no es menor ni debe ser visto como una cuestión de ahorros claramente mal entendidos. El fondo del asunto es la función que cada OCA realiza y su importancia social. No olvidemos que los OCA se crearon para hacer frente a los abusos del gobierno. Volver a concentrar estas funciones entre las Secretarías de Estado representa centralizar nuevamente temas muy sensibles para la sociedad que no se justificarían creemos con un simple criterio de ahorro económico. Lo cierto es que la discusión apunta a un debate mucho más amplio en las próximas semanas. Por cierto, será un buen motivo para valorar el talante democrático de nuestras Senadoras y Senadores.

 

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