Xalapa, Ver.- Con el objetivo de agilizar los relevos gubernamentales en Veracruz mediante la adecuación del marco jurídico local, el diputado Juan Javier Gómez Cazarín presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar diversas disposiciones de la Constitución Política del estado.
La iniciativa propone modificar el artículo 44 de la Constitución estatal para que la fecha de inicio del período del Gobernador del Estado sea el 30 de septiembre del año de la elección correspondiente.
Además, se propone cambiar la fecha de inicio de funciones del Congreso del Estado del 5 de noviembre al 1° de septiembre del año de la elección, alineándose con la Constitución General de la República y la mayoría de los órganos legislativos locales.
También se plantean cambios en los períodos de sesiones ordinarias del Congreso del Estado, proponiendo que el primero se celebre del 1° de septiembre al 15 de diciembre (prorrogable por quince días en el año de renovación de gubernatura) y el segundo del 1° de abril al 30 de junio.
La fecha de presentación del Informe del estado de la Administración Pública Estatal, que actualmente se rinde el 15 de noviembre, se modificaría al 10 de septiembre, permitiendo un plazo razonable para las comparecencias de los titulares de las dependencias y el Gobernador saliente.
Además, se sugiere ajustar las fechas de presentación del presupuesto para el ejercicio fiscal del año siguiente ante el Congreso del Estado, por parte del Ejecutivo, para la última quincena de octubre, excepto en años de renovación conjunta del Ejecutivo y el Congreso, donde se realizaría a más tardar el 15 de noviembre.
El diputado Gómez Cazarín, presidente de la Junta de Coordinación Política, aclara que la Iniciativa no pretende alterar los períodos de las personas recientemente elegidas para la gubernatura y las diputaciones. Las nuevas normas sobre el inicio de funciones se aplicarán después de que concluyan los mandatos actuales.
Por lo tanto, el próximo gobernador asumirá el cargo el 1° de diciembre y lo desempeñará hasta el 30 de noviembre de 2030. El gobernador electo en 2030 comenzará su mandato el 1° de diciembre de ese año y finalizará el 29 de septiembre de 2036, permitiendo que su sucesor inicie el 30 de septiembre de ese año.
Los diputados locales electos en 2027 comenzarán sus funciones el 5 de noviembre de ese año y concluirán el 31 de agosto de 2030, con la siguiente legislatura instalándose el 1 de septiembre de 2030.
De la Redacción