Nadie puede prohibir amamantar en lugares públicos

Nacional

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes el decreto que reforma la “Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación” y que garantiza el derecho a las mujeres a una lactancia plena y libre.

La modificación que entrará en vigor este martes 23 de noviembre, establece que ninguna autoridad podrá prohibir, negar, limitar o restringir el acto de amamantar en espacios públicos.

Se considera como discriminación implementar o ejecutar políticas públicas, programas u otras acciones de gobierno que tengan un impacto desventajoso en los derechos de las personas.

Así como prohibir, limitar o restringir el acto de amamantar en espacios públicos y, en general, cualquier otro acto u omisión discriminatorio en términos del artículo 1, párrafo segundo, fracción III de esta Ley.

El dictamen fue aprobado en diciembre del 2020 por la Cámara de Diputados y en octubre pasado por el Senado de la República.

La mujer que amamante en un espacio público no sólo puede hacerlo por el ejercicio de su derecho a la lactancia y a la no discriminación, sino que implica también los derechos humanos a la salud y a la alimentación.

Aunque no estaba prohibido amamantar en espacios públicos, tampoco estaba garantizado; así que a partir de este martes, las mujeres no tendrán restricciones o limitaciones para alimentar a su hijo en cualquier lugar.

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