La Cámara de Diputados aprobó, con 268 votos a favor y 213 en contra, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, contenido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El decreto, que fue turnado a la Cámara de Senadores, precisa que «No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables».
«Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas.
La propuesta, presentada por el diputado Sergio Gutiérrez Luna (Morena), y considerada de urgente y obvia resolución, establece que la propaganda gubernamental debe entenderse como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público.
Previo a la votación en lo general, diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PVEM, PT, MC y PRD, emitieron posicionamientos sobre dicha iniciativa.
Asunto del mayor interés público
El diputado Hamlet García Almaguer (Morena) señaló que el artículo 59, fracción III del Reglamento señala que “tendrán prioridad aquellos asuntos que impliquen un mayor interés público y los que por término constitucional, legal o reglamentario requieran discusión y votación inmediata en el Pleno”. Afirmó que “esto es un asunto del mayor interés público que requiere esta votación de manera inmediata”.
También de Morena, el diputado Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros señaló que “lo que estamos haciendo es algo completamente constitucional, está previsto en nuestra Constitución la facultad de interpretar”. Precisó que no se cambia ninguna ley, “no cambiamos ninguna de las reglas electorales; estamos también respondiendo al mal uso que están haciendo consejeros electorales”.
La modificación de una ley no puede hacerse a través de interpretación
El diputado Marco Humberto Aguilar Coronado (PAN) enfatizó que la modificación de una ley “no puede hacerse a través de decretos de interpretación”.
indicó que “hoy deciden que es necesario aclarar el alcance del concepto de propaganda gubernamental contenido en las leyes. Conforme al proyecto, la pretensión es impedir que el Tribunal del Poder Judicial de la Federación realice plenamente la función de impartición de la justicia que la Constitución les confiere”.
La fundamentación jurídica es errónea
Del PRI, la diputada Marcela Guerra Castillo afirmó que votarán en contra porque el proyecto ignora el trabajo legislativo. Indicó que la fundamentación jurídica es errónea ya que el artículo 72, inciso f) de la Constitución sí establece una facultad del Congreso de la Unión de interpretar leyes vigentes, pero no de interpretar esas leyes vigentes para cambiarlas.
No se puede permitir que la Cámara de Diputados se transforme en una institución que vulnere el marco constitucional. “La dignidad del cargo del legislador nos obliga a actuar con responsabilidad para no vulnerar el Estado de derecho”, agregó.
Necesario, hacer precisiones para evitar la falta de certeza
El diputado Fausto Gallardo García (PVEM) dijo que es necesario realizar precisiones para evitar que la diversidad en la interpretación de una norma genere falta de certeza y puntualizar que las interpretaciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al respecto son contradictorias y se alejan del espíritu que el legislador imprimió para limitar la propaganda electoral.
Consideró que es adecuada la interpretación del artículo 134 constitucional al señalar que para considerarse propaganda gubernamental se deban actualizar los objetivos, que se hayan aplicado recursos públicos, y que éstos se hayan dispuesto por servidores públicos y que hayan influido en la contienda electoral; “por ello, votaremos a favor”.
La iniciativa considera una serie de resoluciones del Poder Judicial
Gerardo Fernández Noroña, diputado del PT, afirmó que no está a discusión el derecho de un legislador a presentar una iniciativa solo por su carácter de presidente de la Mesa Directiva, y consideró inaceptable que se siga tolerando “la acción facciosa de boicot del INE a la consulta de la revocación de mandato”.
Abundó que la iniciativa presentada inclusive pone a consideración una serie de resoluciones del Poder Judicial que fortalecen el planteamiento.
Personas al centro y sus derechos al frente
La diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (MC) expresó que para su bancada las personas están al centro y sus derechos al frente, “y los 500 diputados que formamos esta Cámara somos personas y tenemos derechos”.
Desde su curul, la diputada Yolanda de la Torre Valdez (PRI), hizo un llamado a la asamblea y a los coordinadores de los grupos parlamentarios “a que nos demos una oportunidad de procesar de manera diferente las cosas, con altura de miras y con la estatura política que el pueblo de México se merece”.
Violación directa a los principios constitucionales
Por el PRD, la diputada Elizabeth Pérez Valdez señaló que el decreto resulta una violación directa a los principios constitucionales y, en particular, de los principios democráticos y que la propaganda gubernamental se encuentra legislada.
Indicó que con la iniciativa se busca interpretar el alcance de un concepto que está plenamente definido por la ley y por los órganos jurisdiccionales, a quienes les corresponde, sí interpretar la ley. “Deberíamos proteger los procedimientos de la democracia directa”.
Previamente, en votación económica, el Pleno desechó una moción suspensiva, impulsada por la diputada Ivonne Ortega Pacheco (MC), para detener la aprobación de la iniciativa, al señalar que la Constitución, en su artículo 105, dice que no pueden modificarse las leyes en materia electoral, por lo menos, 90 días antes de alguna votación.