Inexistentes infracciones de Lobeira, Yunes y Diez: TEV

Las de 8

Xalapa, Ver.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró inexistentes las infracciones denunciadas en contra de Patricia Lobeira Rodríguez, Miguel Ángel Yunes Márquez y Juan Manuel Diez Francos.

En sesión pública virtual, el Pleno del TEV revisó diferentes expedientes; entre ellos, cuatro en contra de los entonces candidatos a las presidencias municipales de Veracruz y Orizaba.

Veracruz

De acuerdo con el secretario Gerardo Alberto Ávila González, la denuncia en contra de la entonces candidata a la presidencia municipal de Veracruz, Patricia Lobeira, fue interpuesta por el partido Morena por la presunta difusión de propaganda política calumniosa en sus cuentas de Instagram y Facebook.

Al respecto, la ponencia propuso declarar la inexistencia de la infracción a la normativa electoral planteada por el denunciante, toda vez que previa valoración de las pruebas así como de las manifestaciones de las partes, se concluyó que no se encuentran ante un supuesto de calumnia sino de mensajes y expresiones amparadas en la libertad de expresión de Patricia Lobeira en el marco de una campaña electoral.

El Procedimiento Especial Sancionador 231 promovido por Morena en contra de Miguel Ángel Yunes Márquez por presuntos actos de promoción personalizada, propaganda política electoral y propaganda calumniosa, también fue declarado inexistente, puesto que no se acreditan las conductas denunciadas.

Orizaba

En contra de Juan Manuel Diez Francos, entonces candidato a la presidencia municipal de Orizaba, hubo dos procedimientos, el 260 y el 271, ambos declarados inexistentes.

El primero fue promovido por el Partido Redes Sociales Progresistas por presuntos actos que contravienen las normas de propaganda electoral, así como en contra de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática por culpa in vigilando.

Del análisis de las constancias que obran en el expediente se advierte que el denunciante señala las direcciones en las cuales se encontraban las lonas denunciadas, así mismo aportó en su escrito de queja, pruebas técnicas consistentes en fotografías para acreditar la supuesta infracción, con lo que su oportunidad la unidad técnica de la Oficialía Electoral del OPLE certificó la existencia de las lonas en los lugares referidos por el denunciante.

La ponencia propuso declarar la inexistencia de la infracción a la norma electoral planteada por el denunciante, toda vez que previa valoración de las pruebas se arriba a la conclusión de que los partidos denunciados contaban con la autorización para la colocación de propaganda electoral de sus respectivos candidatos a la presidencia municipal en los lugares otorgados mediante acuerdo del Consejo Municipal de Orizaba.

El otro caso fue promovido por el partido Morena en contra de Juan Manuel Diez Francos y Hugo Chahín Maluly en su calidad de precandidatos a la presidencial municipal del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, postulados por la coalción Veracruz Va, por supuestos actos anticipados de campaña.

El denunciante señala las direcciones en las cuales se encontraban colocadas las lonas denunciadas, así mismo aportó en su escrito de queja, diversas ligas electrónicas y un instrumento notarial mismos que no tienen valor probatorio pleno para acreditar la supuesta infracción, por lo que en su oportunidad, la Unidad Técnica de la Oficialía Electoral del OPLE se constituyó en los lugares indicados para el desarrollo de la diligencia, sin visualizar alguna lona de propaganda electoral.

Se propuso declarar la inexistencia de la infracción a la normativa electoral planteada por el denunciante, toda vez que previa valoración de las pruebas se arriba a la conclusión de que no se acreditan las acciones producto de la denuncia, pues no se advierte haber encontrado ninguna de las normas propagandísiticas denunciadas; de ahí que se proponga declarar la inexistencia de las mismas y que no sea procedente imponer sanción alguna.

La magistrada presidenta Claudia Díaz Tablada dio por terminada la sesión pública a las 16:59 horas de este martes 21 de septiembre.

De la Redacción

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